Con la “Ley de apoyo a emprendedores y su internacionalización” se crea una nueva forma jurídica a la que pueden acogerse las personas físicas que realicen una actividad empresarial o profesional, el “Emprendedor de Responsabilidad Limitada”, que implica que bajo determinadas condiciones, la vivienda habitual del empresario no puede ser embargada por las deudas derivadas de su actividad. Tienen por lo tanto esa interesante ventaja, pero también una serie de requisitos que se tienen que cumplir.

Pregunta de Juana (L´Eliana) de 18.02.2013:

El día 19 de noviembre de 2012 entró en vigor la limitación de pagos en efectivo prevista en el artículo 7 de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude.

¡Ya lo hemos conseguido! Tenemos nuestra sociedad en funcionamiento, hemos estado realizando diferentes gestiones, pero esto no significa que no nos queden una serie de obligaciones formales, que en este caso son periódicas, y mientras la sociedad esté en funcionamiento, hoy hablaremos de:

    Presentación de impuestos mensuales, trimestrales o anuales.