Presentación modelo 303 sin actividad o negativo

La duda mayor de un autónomo cuando no está facturando es si presentar el modelo 303 sin actividad o negativo.
Esta decisión depende de varias factores y lo mejor es entender bien tu situación para tomar el camino correcto.

Presentación modelo 303 sin actividad

Presentarlo sin actividad significa declarar que ya no estás realizando ninguna actividad, y por lo tanto dejas de presentar cualquier modelo y dejar de poder desgravarte cualquier gasto.
Por lo tanto, los gastos de gasolina, luz o teléfono que hasta ahora has podido deducirte ya no vas a poder deducírtelos.

Al indicar que no has tenido actividad en el trimestre en el modelo 303 también deberás hacerlo en el modelo 130, y por lo tanto, tampoco se podrá añadir nada de ese trimestre en el modelo 100 de la renta.

Dónde presentarlo

El modelo 303 sin actividad se presenta de la misma forma que el resto de modelos, es decir, en persona en Hacienda o de forma digital a través de la AEAT.

Para presentarlo de forma digital necesitarás un certificado electrónico o la clave pin. Para obtener cualquiera de estas dos claves tienes más información aquí.

Cómo rellenarlo

Este modelo se rellena de la misma manera que un modelo 303 con actividad (aquí te dejo un post donde te explico paso a paso cómo rellenar el modelo 303).
La única diferencia con respecto al paso a paso explicado en ese post es que NO rellenaremos datos numéricos en IVA Devengado e IVA a deducir pero SÍ marcaremos con una X la casilla de «SIN ACTIVIDAD» al lado de la casilla para poner el IBAN al final de la hoja.

Por lo tanto, el modelo tendrá un importe final de cero y Hacienda entenderá que durante ese trimestre no has tenido ningún tipo de actividad en el negocio, ni de ventas ni de gastos.

 

Presentación modelo 303 negativo 

Hay muchos negocios en que lo habitual es que el modelo 303 salga a pagar todos los trimestres, pero en ciertas circunstancias, como una inversión importante, acumulación de inventarios, etc, la declaración del modelo 303 puede salir negativa.

También hay otro tipo de negocios, (principalmente los exportadores), en los que la declaración del IVA suele salir negativa casi siempre. Si este es tu caso, tal vez te interese estar en el régimen de devolución mensual, que a parte de la ventaja de la devolución cada mes del IVA negativo, tiene aparejado otra serie de obligaciones e inconvenientes que hay que valorar adecuadamente en cada caso concreto.

¿Qué hacer cuando el modelo 303 te sale negativo?

Modelo 303 negativo a compensar

Si el modelo 303 te sale negativo en cualquiera de los primeros tres trimestres del año, solo podrás optar por la opción de compensar. Sin embargo, en el cuarto trimestre podrás elegir entre presentarlo a compensar o a devolver.

¿Cómo funciona el modelo 303 a compensar?
El resultado negativo que has obtenido en el presente trimestre se descontará en la siguiente declaración trimestral de IVA. Es decir, si en este trimestre tienes un resultado de -100 € e indicar la casilla de «a compensar», no pagarás nada en el trimestre pero tampoco te devolverán ese dinero. A cambio, en el siguiente trimestre, si te sale un resultado de 200 € a pagar, solo pagarás 100€, ya que te resta el resultado de 100€ a compensar del anterior trimestre.

Modelo 303 negativo a devolver

Si estás preparando la declaración del IVA del cuarto trimestre podrás optar por la devolución.

Si decides solicitar la devolución del modelo 303 negativo, es importante que conozcas dos inconvenientes que te pueden surgir con esta opción.

  • Por un lado, la devolución del modelo 303 negativo no será inmediata y puede llegar a demorarse hasta 6 meses por parte de la Agencia Tributaria por lo que puede ocurrir, que la siguiente declaración del modelo 303 te salga a pagar, y como has solicitado la devolución, ya no podrás compensarla, y te tocará pagar un IVA a pesar de que aún la Agencia Tributaria tiene pendiente devolverte el modelo 303 negativo del anterior trimestre.
  • Por otro lado, con la solicitud de devolución, la Agencia Tributaria puede pedirte información sobre tu facturación y facturas recibidas, lo mínimo que piden son los libros de IVA, pero también pueden pedir copias de las facturas, o cualquier otra información que consideren necesaria para corroborar que todo es correcto, lo que te llevará tiempo y la necesidad de tener toda tu documentación bien ordenada y al día.

 

También te puede interesar: Cómo rellenar y presentar el modelo 303 paso a pasoCómo presentar el modelo 303 fuera de plazo – sanciones.

2 Comments
  • Manuel
    Posted at 21:28h, 18 enero Responder

    Solicitud de ayuda para la declaración trimestral de autónomos
    Hola, buenas tardes:
    Antes que todo, agradezco mucho cualquier ayuda y colaboración que puedan brindarme. Soy nuevo en el trabajo como autónomo y estoy intentando completar la declaración trimestral correctamente.
    He podido realizar las bajas en la Seguridad Social y Hacienda, y terminé el Modelo 130, pero no he logrado completar el Modelo 303. Mi situación es la siguiente:

    No sé si estoy en el régimen general o en el régimen simplificado.

    Comencé mi actividad hace 3 meses, pero no tuve ingresos ni actividad durante este tiempo. Por eso, voy a cerrar actividades.

    No estoy seguro si debo presentar también el Modelo 390.

    Al intentar rellenar el Modelo 303, me aparecen estos mensajes de error::
    30100
    Aquellos sujetos pasivos que realicen exclusivamente actividades en régimen simplificado y/o cuya actividad consista en operaciones de arrendamiento de bienes inmuebles de naturaleza urbana deben cumplimentar el apartado «Exclusivamente a cumplimentar en el último período de liquidación por aquellos sujetos pasivos que queden exonerados de la Declaración-resumen anual del IVA». Estos sujetos pasivos no tienen la obligación de presentar el Modelo 390.
    Ir al Aviso


    303M030
    Ha indicado que NO tributa exclusivamente en régimen simplificado y no hay contenido en la liquidación del régimen general
    Ir al Aviso


    INF024
    Aquellos sujetos pasivos que realicen actividades en régimen simplificado y alguna de las siguientes: 1.Operaciones de arrendamiento de bienes inmuebles de naturaleza urbana. 2. Operaciones por las que no exista obligación de presentar autoliquidación. Deben cumplimentar el apartado «Exclusivamente a cumplimentar en el último período de liquidación por aquellos sujetos pasivos que queden exonerados de la Declaración-resumen anual del IVA». Estos sujetos pasivos no tienen la obligación de presentar el Modelo 390.
    Ir al Aviso


    00000
    No existen »

    Mi actividad registrada es de auxiliar de enfermería y dietista, y estoy inscrito en el Régimen Especial de Trabajo Autónomo. Mi objetivo es presentar una declaración trimestral sin actividad correctamente y cerrar mi actividad sin errores.
    Cualquier orientación o información adicional será muy bienvenida.
    Gracias de antemano por su tiempo y ayuda.
    Atentamente,

    • admin
      Posted at 19:11h, 10 febrero Responder

      Puede estar en estimación o régimen simplificado (los conocidos como módulos), esto dependerá de lo que usted indicó cuando hizo el alta mediante el modelo 036/037

      Hola, Manuel.
      Si está en régimen simplificado no tiene obligación de presentar el modelo 390. (en este caso todas las preguntas debe decir No, menos las dos últimas)

      Si está en estimación directa, el resto de preguntas debe contestar “No”

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