31 Mar Formas jurídicas de una empresa | Ventajas y desventajas
Cuando creas una empresa, ya sea a través de una sociedad o como autónomo, adquieres una serie de responsabilidades y derechos frente a terceros, Hacienda y la Seguridad Social.
Por eso, es importante conocer cuáles son las opciones que puedes elegir para que puedas escoger la forma jurídica que más te convenga.
1. Qué es la forma jurídica de una empresa
La forma jurídica es la identidad que adquiere una empresa en el ámbito legal al constituirse.
Esta identidad es la que le permite poder desarrollar su actividad económica. Es decir, que todo aquel que vaya a desarrollar una actividad profesiones estará obligado a escoger una de las posibles jurídica.
Esta elección afecta de forma directa a las obligaciones tributarias y contables, a la afiliación a la Seguridad Social y a la responsabilidad frente a terceros.
Por lo tanto, según la forma jurídica que elijas tu empresa tendrá que operar de una manera o de otra según los derechos y obligaciones relacionados con ella.
2. Tipos de empresas según su forma jurídica
Hay diferentes tipos de formas jurídicas, y cada uno tiene sus ventajas y desventajas.
2.1 Empresario Individual (Persona Física), comúnmente conocido como “autónomo”:
Ventaja: el coste nulo del alta.
Desventaja: responsabilidad ilimitada de las deudas de la actividad.
La figura del autónomo es recomendada al inicio de la actividad y con actividades con poco riesgo, ya que al ser responsabilidad ilimitada responderás con tu patrimonio personal a cualquier problema de dinero que surja.
Tampoco es la forma adecuada cuando hay varios socios. En ese caso siempre se recomienda alguna de las siguientes.
2.2 Sociedad Civil
Ventaja: No hay coste de constitución ni de disolución.
Desventaja: responsabilidad ilimitada de las deudas de la actividad.
La Sociedad Civil se puede usar cuando hay varios socios.
Para constituirla únicamente se necesita un documento privado firmado entre los socios.
Y se deberán nombrar uno o varios administradores (que normalmente serán los socios mayoritarios)
Eso sí, todos los socios que trabajan tendrán que estar dados de alta en el régimen de seguridad social
2.3. Sociedad Limitada
Ventaja: responsabilidad limitada de las deudas de la actividad al capital social aportado. Los socios NO responden de las deudas de la sociedad
Desventajas:
– Coste de constitución en torno a 300€ (Reserva de denominación social, notario, registro y firma digital)
– Se constituye (y se disuelve), mediante escritura pública ante notario.
– Los costes de disolución suelen ser más elevados (500€-600€)
– Obligación de inscripción en el Registro Mercantil, y de legalización de libros de contabilidad y de depósito de Cuentas Anuales (un coste anual de unos 100€)
Todos los socios que trabajan tendrán que estar dados de alta en el régimen de seguridad social. (Como mínimo uno de los socios, mientras la sociedad tenga actividad)
Se tiene que nombrar uno o varios administradores, o un consejo de administración, (normalmente los socios mayoritarios), que son responsables de la correcta administración de la sociedad.
El plazo de constitución a través de CIRCE suele ser inferior a 1 semana.
2.4. Entidades en Régimen de atribución de rentas (Comunidad de Bienes)
Ventaja: el beneficio que obtiene no tributa por Impuesto sobre Sociedades, sino que se imputa a los socios en proporción a su participación en el capital social.
Desventaja: las Comunidades de Bienes se dedican principalmente al arrendamiento de inmuebles o a actividades profesionales (es decir, no se pueden usar para el ejercicio de actividades empresariales)
Se trata de un tipo de entidad (CB: Comunidades de Bienes) que realiza una actividad económica.
La CB presenta los impuestos trimestrales de los modelos 111, 115 y 303, pero, como he comentado, ese beneficio no tributa por Impuesto sobre Sociedades, sino que lo integrarán los socios personas físicas en su declaración de la renta (y también las retenciones aplicadas)
3. Conclusión formas jurídicas de empresas
Existen otras formas jurídicas que se pueden usar para realizar una actividad económica, pero estas que te hemos explicado, son las más habituales, y las más adecuadas dependiendo de las circunstancias.
Si necesitas ampliación respecto de esta información, o tienes alguna duda. puedes ponerte en contacto con nosotros a través de los comentarios, o nos puedes llamar por teléfono (donde te atenderemos gratuitamente)
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