23 May Modelo 349: cuándo y cómo rellenarlo | Instrucciones 2023
Todos aquellos autónomos o empresarios que realizan compras o ventas con empresas de la UE, tiene la obligación de presentar el modelo 349.
Es importante hacer la solicitud de alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios), mediante el modelo 036. (no sirve el modelo reducido 037). De esta forma las compras realizadas en empresas de la UE no llevarán el IVA del país de origen que no es deducible ante la AEAT
1. Qué es y para qué sirve el modelo 349
Mediante el modelo 349 se comunica la AEAT las compras o ventas que realizamos con empresas de la UE, totalizando por proveedor o cliente. Los datos que se facilitan son el VAT number del cliente o proveedor, el importe total del periodo (que puede ser mensual o trimestral), y el tipo de operación.
Si realizas ventas a una empresa de la UE debes de verificar que es operador intracomunitario, para poder emitir la factura sin IVA, lo puedes hacer desde:
Agencia Tributaria: Gestiones – VIES
2. Instrucciones para rellenar y presentar el modelo 349
La presentación del Modelo 349 es relativamente sencillo, desde la web de la AEAT, se puede rellenar online aquí:
Pondremos nuestro NIF y el periodo que vamos a presentar:
Luego se ponen el resto de datos (nombre, y teléfono y persona de contacto)
En la parte inferior del modelo. le damos al botón de la flecha de siguiente para pasar a la siguiente página.
Así, podremos empezar a relacionar las operaciones intracomunitarias realizadas en el periodo
Para ello, daremos al botón de añadir registro:
y simplemente pondremos los datos que nos solicita el formulario:
- Código de país
- NIF operador intracomunitario
- Apellidos y nombre o razón social del operador
- Clave de opreación
- Base Imponible
Lo único que puede resultarte complicado en este caso es poner la clave de operación, ya que los demás datos simplemente los tienes que rellenar según lo que ponga en la factura de la que saques los datos.
Para rellenar la clave de operación, te dejo aquí la explicación de las más comunes:
- Clave E: la clave E se refiere a entregas intracomunitarias, es decir, a tus ventas comunitarias de bienes (de productos generalmente).
- Clave S: la clave S se refiere también a entregas intracomunitarias, pero cuando se trata de servicios.
- Clave A: esta clave hace referencias a nuestras compras intracomunitarias de bienes, es decir, de productos generalmente.
- Clave I: elegirás esta clave cuando lo que hayas adquirido no sean bienes sino servicios, como puede ser pagar por Google Drive.
3. Quien presenta el modelo 349
Cualquier empresario, persona física o sociedad que realice compras o ventas a empresas de la UE estarán obligados a presentar el modelo 349
4. Cuándo se presenta
La periodicidad de presentación será trimestral, presentando el modelo entre el día 1 y el 20 del mes siguiente a la finalización del trimestre natural, (como el resto de impuestos trimestrales), es decir, el 1T que incluye los meses de enero, febrero y marzo se presentará entre el 1 y el 20 de abril.
Si las ventas superan los 50.000€ mensuales, entonces el modelo 349 se presentará mensualmente. Igualmente el plazo es hasta el día 20 del mes siguiente, por ejemplo el 349 de abril se presentará entre los días 1 y 20 del mes de mayo
5. Sobre las facturas rectificativas…
¿Que ocurre si recibo o emito una factura rectificativa de una operación intracomunitaria?
En este caso deberás rellenar el apartado de “Rectificaciones” del modelo 349
Se indicarán los dato que se comunicaron en el 349 cuando se realizó la operación que ahora se rectifica, y luego se pondrán los datos como quedarían después de la rectificación:
Espero que esto haya resuelto tus dudas a la hora de presentarlo 🙂
Si todavía tienes alguna duda puedes dejármela en comentarias o preguntármela gratuitamente a través de esta página.
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