Pagar recargos deuda con la seguridad social

¿Qué pasa si no pago la cuota de la Seguridad Social?

La situación más cómun de impago: tienes domiciliado el pago de la cuota de la seguridad social y en el momento en el que se efectúa el cobro se encuentra con saldo insuficiente para hacer frente al pago.

La Seguridad Social es una de las instituciones más estrictas en cuanto al tema de los impagos y este error u olvido puede traer más de un dolor de cabeza en forma de recargos e intereses por demora.

▶ Procedimiento para pagar la deuda con la Seguridad Social

En una situación normal, todo se reduciría a que serías avisado por tu banco para ingresar el dinero necesario para que el banco pudiera cargar el recibo en tu cuenta.  Pero en el caso de la Seguridad Social, si en el momento de realizar el cobro, este no llega a realizarse, pasas a estar “fuera de plazo”.

En este mismo momento, se comienzan a generar recargos, por lo que tu deuda con la Seguridad Social aumenta.

¿Dónde realizo el pago? 

Puedes realizarlo de forma online siempre y cuando dispongas de los siguientes datos:

  • Apellidos y nombre del deudor/deudora o razón social de la empresa deudora.
  • NIF/NIE del deudor/deudora.
  • Número de referencia del expediente de la deuda.
  • Número de IBAN de la cuenta.

 

¿Y si no puedo pagar la seguridad social?

Si esta es tu situación y estás ante una deuda incobrable, puedes pedir el aplazamiento de la Seguridad Social justificando tu falta de liquidez, siempre que el importe de la deuda aplazable no supere el doble del salario mínimo interprofesional vigente.

La solicitud para el aplazamiento podrás presentarla en cualquier momento desde que se inicia el plazo de pago de la deuda.
Te nofiticarán la concesión del aplazamiento en un plazo máximo de 3 meses.

Para pedir el aplazamiento, puedes hacerlo vía online o vía presencial. Te dejamos toda la información para tramitar la solicitud aquí

 

▶ Recargos por pagar la Seguridad Social fuera de plazo

Una vez estás fuera de plazo para pagar la seguridad social, es importante que tramites el pago cuanto antes, ya que se van generando recargos mayores por cada mes que pasa. Los recargos que deberás pagar a la Seguridad Social según el tiempo que tardes en pagar al cuota son:

  • Recargo del 3%: si ha pasado menos de un mes desde el día del pago de la cuota.
  • Recargo del 5%: para las deudas que se paguen en el segundo mes de retraso.
  • Recargo del 10%: para las deudas que se paguen en el tercer mes de retraso.
  • Recago del 20%: para deudas pagadas después de 3 meses.

 

¿Y si estoy pagando la tarifa plana de la Seguridad Social?

Si tu cuota de autónomos esta rebajada por la tarifa plana y, mensualmente, pagas 60€. En el caso de impago, perderás ese mes la reducción de tu cuota de autónomos, por lo tanto, se entenderá que tu cuota es de 286,15 € con el recargo correspondiente, una cifra muy importante por lo que hay para permanecer siempre atento a los pagos de la cuota de la Seguridad Social.

Así que la conclusión es clara, no podemos permitirnos el lujo de no pagar en plazo a la seguridad social.

 

▶ ¿Puedo cobrar la baja o el paro si tengo deudas con la seguridad social?

No puedes. Para cobrar el paro como la baja, es un requisito imprescindible estar al corriente con todas las deudas de la seguridad social.
Tendrás 30 días para ponerte al día con todas tus deudas y pedir la prestación después.

 

▶ ¿Cuándo prescribe una deuda con la Seguridad Social?

Las deudas con la Seguridad Social prescriben a los cuatro años.

Por lo tanto, prescribe tanto el importe de las cuotas de la seguridad social no pagadas como el de los recargos acumulados.
Los cuatro años se cumplen desde el día que finaliza el plazo para el pago de la deuda.

 

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8 Comments
  • Diego Fuentes
    Posted at 08:10h, 24 julio Responder

    Pienso que es vergonzoso, no ya el recargo del 20%, que de por sí es abusivo si no que te cobren la cuota completa más el recargo, osea a pagar más de 300€ ese mes y qué pasa con las empresas?, cuantas empresas están en deuda con las Seguridad Social? y no pasa nada.
    Otro problema es que si no pagas te embargan la cuenta…

  • Diana
    Posted at 05:21h, 04 agosto Responder

    No voy a comentar este tema del 20% porque me hierve la sangre. Pero es más, este año pasado la Seguridad Social por «UN ERROR SUYO» hizo un cargo masivo de unos 90€ por supuesto tubimos que realizar el papeleo oportuno para reclamar el dinero que se nos cobro «POR ERROR SUYO». A los 3 meses, si si 3 meses para devolvernos un dinero que se nos HABIA ROBADO. Y claro esta con la cuantía de intereses por demora…. la fantástica cantidad de 0.50€ si como lees, 0.50€ centimos miseros…. esto es vergonzoso. Así jamás puede funcionar un país.

  • Daniel
    Posted at 12:53h, 24 mayo Responder

    Personalmente pienso que el peaje por trabajar es abusivo, entendiendo perfectamente que la gente se vea obligado a trabajar en negro y más cuando queriendo hacer las cosas bien, un mes te viene un imprevisto y por encima te meten un recargo en la cuota de autónomos del 20%, porcentaje próximos a la usura o a los aplicados por los prestamistas mafiosos de las películas.

  • Diego
    Posted at 12:11h, 11 diciembre Responder

    Hay que pagar a la mafia puntualmente, si no 20% más y suma y sigue si no puedes pagarles, embargos y demás, a esto se le llama tienes que pagar por poder trabajar en mi territorio al más puro estilo capone. Todo para que ellos vivan a cuerpo de rey y con pensiones vitalicias. Los mismos métodos de la mafia llevados a un nivel legal para poder robarnos y encima que quedemos como delicuentes.

  • psicologo en torrejon de ardoz
    Posted at 07:26h, 15 octubre Responder

    Buenas tardes! .Me gustaría dar un enorme aprobado por interesante información que tenemos aquí en este blog . Voy a volver muy pronto a divertime con esta web.

  • fran
    Posted at 18:45h, 14 noviembre Responder

    Hola, me gustaria saber que ocurre si esa cuota no se ha cobrado por culpa de mi banco? es decir si fue un error en el sistema y no pudieron cobrarme dicha cuota? que acciones toma la Seguridad social

  • Mirabela ION
    Posted at 11:36h, 17 junio Responder

    Sigo de alta voluntaria en el sello de casi 6 meses porque no estoy trabajando.Quisiera que la seg social me de de baja despues de dos meses sin pagar para quedarme con menos deuda.Antes cuando tenia dos meses de deuda automaticamente estaba de .Ahora que pasa?

    • admin
      Posted at 08:47h, 18 junio Responder

      Buenas, si es autónoma (entiendo que sí), debe darse de baja lo antes posible tanto en hacienda como en la seguridad social.
      La Seguridad Social no le va dar de baja por sí misma, debe realizar el trámite usted misma de la misma forma que lo realizó para darse de alta.

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