09 Sep Baja por maternidad autónomos en 2023
Para acceder a la baja por maternidad hay que cumplir con una serie de requisitos. Los requisitos de la baja por maternidad varían según la edad y giran entorno al periodo mínimo de cotización: Estos son los requisitos:
- Madres menores de 21 años de edad: no hay periodo mínimo.
- Madres de entre 21 y 26: periodo mínimo de 90 días cotizados en los 7 años previos al comienzo del descanso o de 180 días cotizados a lo largo de su vida laboral.
- Madres autónomas mayores de 26 años: periodo mínimo de 180 días cotizados en los 7 años previos al comienzo del descanso o de 360 días a lo largo de toda su vida laboral.
1. Baja por maternidad autónomos antes del parto
Antes del parto se puede dar el caso que la autónoma se vea obligada a abandonar su trabajo por cuestiones de salud que dividiremos en dos, las enfermedades comunes o el embarazo de riesgo.
Recibir bonificaciones en este periodo nunca perjudica a las percepciones y bonificaciones futuras. La baja por enfermedades comunes no hace ninguna diferencia entre una situación de embarazo y una situación sin embarazo, sin embargo, sí que disponen las madres de una baja por riesgo en el embarazo ajustada a sus necesidades.
1.1. Baja por enfermedades comunes
La baja por maternidad en enfermedades comunes no tiene ninguna variación con respecto a la baja por enfermedad común en cualquier otras situación. De todas maneras, especificamos cómo funciona esta baja y cuánto se cobra durante los días que dure.
Los abonos de baja por enfermedades comunes de la Seguridad Social varían según la duración de la baja:
- 1 º al 3º – al autónomo se le abona el 0% de la base reguladora, es decir, no cobra durante esos días.
- 4º al 21º – al autónomo se le abona el 60% de la base reguladora
- 22º en adelante – al autónomo se le abona el 75% de la base reguladora.
1.2 Baja por riesgo en el embarazo autónomos
La baja por riesgo en el embarazo supone una diferencia notable en cuanto a la baja por enfermedad común. Dada su gravedad y dado el hecho de que este tipo de baja solo puede darse durante un embarazo que pone en peligro la integridad del futuro bebé o el de la propia madre, la Seguridad Social abona durante este periodo el 100% de la base reguladora.
Esta prestación por baja por riesgo en el embarazo se prolongaría únicamente durante la duración del embarazo hasta el momento del parto.
2. Baja por maternidad autónomos después del parto
La baja por maternidad y paternidad ha estado cambiando mucho durante los últimos años. Estos cambios han afectado más a la baja de paternidad que a la de maternidad. Centrándonos en la baja de maternidad, estas son sus características en 2023:
2.1 Baja maternidad cuánto se cobra
Por un lado, en cuanto a lo que económicamente se refiere, una trabajadora autónoma que acaba de dar a luz tiene derecho al 100% de la base de cotización del mes anterior al de la baja pero, para ello, deberá cumplir unos requisitos que, en este caso, son los mismos que para las trabajadoras por cuenta ajena:
- Haber cotizado, al menos, 180 días en los últimos 7 años o 360 en toda su vida laborar
- Estar dada de alta en la Seguridad Social.
2.2 Duración baja maternidad
En cuanto al tiempo de baja, nuevamente, se equipara al de cualquier trabajadora por cuenta ajena, es decir, 16 semanas, de las cuales, la madre autónoma estará obligada a cogerse 6 de ellas para su propio descanso, siempre y cuando la incorporación del nuevo miembro de la familia no sea por adopción que, en ese caso, no está obligada a esas 6 semanas, y, el resto, se las podrá repartir con el padre, lógicamente siempre y cuando este esté trabajando.
3. Bonificación cuota autónomos maternidad
Las trabajadoras autónomas disponen de bonificaciones después de terminar su baja por maternidad, estas son unas ayudas que ayudan a la mujer a la reincorporación en su actividad laboral y sobre todo ayuda a dar un colchón sobre el que reactivar su economía disminuyendo el gasto por la cotización de la seguridad social.
3.1 Bonificación incorporación al trabajo
Cuando las autónomas dadas de alta en la Seguridad Social vuelven al trabajo, siempre que sea en los dos años posteriores a su cese de la baja por maternidad, podrán disfrutar de las siguientes bonificaciones para reanudar su actividad laboral como autónomas
- Cuota de 60 euros mensuales durante un año si cotizan por la base mínima.
- Bonificación del 80% si si cotizan por una base superior a la mínima
Si tiene cualquier duda, déjanosla en los comentarios para que podamos ayudarte.
Verónica
Posted at 11:18h, 21 octubreBuenas!! Un artículo muy interesante, pero creo que dejais en el tintero una información muy buena, que si yo hubiera sabido, os puedo asegurar que hubiera disfrutado mis bajas por maternidad de otro modo.
A parte de la modalidad de 16 semanas, se puede solicitar una baja a media jornada, el funcionamiento de esta no sé bien como es, pero si es cierto que hay unas semanas iniciales obligadas de estar en casa a tiempo completo. Transcurrido este tiempo, la autónomo tiene derecho a ir a trabajar en jornada de 4 h y la baja temporalmente se alarga. Es decir, por ejemplo, el periodo de tiempo completo es de 2 semanas, pues te quedan 14, pero al ser a media jornada, se duplican o sea 28 semanas.
Como ya he comentado, el tema periodos no sé exactamente como funciona, lo que sí sé es que esta modalidad es muy suculenta para nosotras, las autónomas, ya que desgraciadamente, ni estando de baja podemos olvidarnos de nuestros negocios y que mejor forma que poder hacer nuestro trabajo un rato cada día, así ni perdemos la pista ni nos comen las preocupaciones.
Espero que esta aportación os ayude.
Maria
Posted at 22:54h, 09 diciembreMuy buena informacion, de hecho mi problema es que estoy dada de alta como autonoma y he tenido dos embarazo con abortos involuntarios. Ahora bien, mi ginecologa me exige que para el proximo embarazo (por mi edad no debo tardar en quedarme embarazada)que me haga un cerclaje, luego debo estar desde un principio en reposo total. Y mi preocupacion era mi negocio, como mantenerlo etc etc. Entonces aportando la documentacion sobre mi embarazo que pasaria conmigo y con mi negocio (recien abierto 6 meses).
RAQUEL RODRIGUEZ SANJORGE
Posted at 11:12h, 13 noviembreMuy buena información. Yo había oído hablar de ella tarde. De haberlo sabido también me hubiera incorporado de esa manera a mi trabajo. Falta información.